Dado que no aceptamos que ningún partido político ni religión nos financien, pues queremos tener independencia, no contamos con dinero. Los viajes, las llamadas, el permanecer en Bs As para nosotros es muy costoso y dependemos de la buena voluntad de los amigos. Ellos nos sugirieron que abriéramos una cuenta en un banco para que los que quisieran depositaran en ella.
La cuenta de ahorro está en el Banco Nación de la ciudad de Buenos Aires y su número es 0009/6970173456. Está a nombre de Félix Diaz y el CBU es 0110697430069701734565. ¡Muchas gracias!

miércoles, 23 de septiembre de 2015

Conflictos territoriales visibles que no se quieren resolver











SOCIEDAD › AMNISTIA ARGENTINA Y UN INFORME QUE CONTABILIZA 183 RECLAMOS DE TIERRAS

Los conflictos invisibles

Un informe de la sección local de Amnistía Internacional menciona 183 conflictos que mantienen comunidades indígenas en el país por distintas violaciones a sus territorios. La organización abrió una página web como herramienta para dar visibilidad a los reclamos.
 Por Carlos Rodríguez

Un informe elaborado por Amnistía Internacional Argentina da cuenta de la existencia de 183 conflictos indígenas en el territorio nacional en los que se han registrado situaciones “de violencia y exclusión” de las que son víctimas los habitantes de diferentes comunidades. Con el propósito de darles visibilidad a esos conflictos y de colaborar en la búsqueda de soluciones por parte de las autoridades nacionales y provinciales, el organismo internacional abrió una página web denominada www.territorioindige na.com.ar, presentada como “una herramienta de consulta abierta con actualización periódica” que está a disposición de todas las comunidades que lo requieran. Dentro del universo de situaciones, se resaltaron seis de los casos para poner en evidencia “la significativa distancia entre los derechos vigentes en leyes provinciales, nacionales y tratados internacionales de derechos humanos y su efectiva aplicación”.
Se trata de hechos tan diversos como el asesinato impune de un miembro de una de esas comunidades, de empresas petroleras que vulneran derechos, de un sitio sagrado usurpado por empresarios, de obras de infraestructura que inundan territorios indígenas, de una mujer mapuche llevada a juicio sin respetar su derecho de defensa y que podría recibir una condena a prisión, y de la larga lucha de la comunidad qom de La Primavera, conflicto que ha trascendido las fronteras porque el reclamo llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El mapeo realizado por Amnistía denuncia la presencia de 183 conflictos en la Argentina, en los cuales las comunidades indígenas vienen exigiendo desde hace años “el cumplimiento de sus derechos frente a gobiernos (municipales, provinciales, nacional), empresas (agropecuarias, mineras, petroleras, de turismo, entre otras), y ante jueces y fiscales del Poder Judicial que desoyen las normativas vigentes”.
Amnistía Internacional aclara que el relevamiento “no pretende ser concluyente, sino que es el comienzo de un documento que pretende ir construyéndose y actualizándose sistemáticamente, con los aportes de organizaciones referentes en el trabajo con pueblos originarios, abogados, académicos, y referentes indígenas”.
Amnistía destacó que “mientras la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan los pueblos indígenas, y asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales, los pueblos originarios siguen reivindicando su derecho al territorio, mientras sufren de forma desproporcionada violencia, exclusión y pobreza”.
“El Estado reconoce en la actualidad la existencia de al menos 955 mil personas pertenecientes a más de treinta pueblos originarios” y a la vez “admite que se trata de un ‘subregistro’ y que son muchos más. Aún así, un discurso recurrente se refiere a los pueblos originarios como un hecho del pasado y no como una cultura que está viva y presente en la actualidad”, explicó Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina, en referencia a la distancia que existe entre los derechos reconocidos en las leyes y su aplicación frente a hechos concretos.
El mapeo fue realizado con el aporte y colaboración de las organizaciones AADI, Andhes, Defensoría del Pueblo de la Nación, Endepa, Gajat y Serpaj. Todos los casos relevados han sido difundidos por las propias comunidades y organizaciones que acompañan.
Uno de los casos es el de la comunidad indígena Potae Napocna Navogoh, conocida como “La Primavera”, que vive en la zona de Laguna Blanca, en la provincia de Formosa desde antes de la colonización. Es uno de los más paradigmáticos y “da cuenta de la situación de violencia, discriminación y exclusión de los pueblos originarios en Argentina”. La comunidad sigue reclamando por la devolución y titulación de su territorio, lo que ha dado lugar a “numerosos hechos de violencia y represión”, mientras que su líder, Félix Díaz, enfrenta “procesos penales utilizados como estrategia para silenciar su voz y la defensa de su pueblo”.
El conflicto tuvo su origen en 1985, cuando no se entregaron correctamente las tierras cedidas originalmente por decreto de 1940. En 2010 “el gobierno, de manera inconsulta, avanzó con la construcción de una universidad nacional en territorio ancestral” y ello derivó en una serie de acciones de la comunidad para hacer valer sus derechos, sin haber podido avanzar para lograrlos. El hecho de mayor gravedad ocurrió el 23 de noviembre de 2010, cuando la policía provincial disolvió con violencia una medida de protesta, lo que derivó en las muertes de un habitante de la comunidad y un policía.
Los otros casos son los siguientes:
- La comunidad quilmes lucha por recuperar su territorio en los Valles Calchaquíes, en la provincia de Tucumán, donde también se produjeron hechos de violencia ejecutados por los usurpadores.
- En la localidad tucumana de Chuschagasta, el 12 de octubre de 2009 fue asesinado el cacique Javier Chocobar, en el marco del intento del terrateniente Darío Amín por apropiarse de una cantera de piedra de la comunidad de Los Chuschagasta. Del crimen participaron dos ex agentes de policía. En el hecho fueron heridos otros tres integrantes de la misma comunidad. A pesar de las pruebas, la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Tucumán dejó en libertad a los acusados. El caso fue elevado a juicio oral en agosto de 2011, pero todavía no se ha realizado.
- La comunidad pilagá El Descanso, integrada por 130 personas, vive en la zona del Bañado la Estrella, en la provincia de Formosa, de donde obtienen parte de sus alimentos. A pesar de contar con título de propiedad comunitario, en 1997 el gobierno provincial ingresó a sus parcelas y comenzó a cavar profundos canales para derivar aguas del bañado. A pesar de la contundencia de los informes a favor de la comunidad, incluyendo el realizado por Amnistía, los pilagá siguen sin poder hacer valer sus derechos.
- En 2011, YPF-Repsol anunció el descubrimiento de la formación petrolera Vaca Muerta y su interés de explotarla. A partir de entonces, la comunidad Campo Maripe comenzó a padecer un proceso de hostigamiento en sus tierras. La comunidad y la Confederación Mapuche exigen que se implemente el derecho a consulta. Sin respuestas, y ante la aceleración de la explotación, el conflicto ha recrudecido desde 2014.
- El 28 de diciembre de 2012, mientras tenía lugar un entierro mapuche la Justicia libró una orden de desalojo contra la comunidad Winkul Newen del pueblo mapuche, ubicada en el Paraje Portezuelo Chico, provincia de Neuquén. El juicio comenzará el 26 de octubre y puede ser la primera condena por un conflicto territorial mapuche.

martes, 22 de septiembre de 2015

Seguimos reclamando por el respeto de nuestros derechos

Continuamos y continuaremos reclamando por el respeto de nuestros derechos humanos e indígenas.

No pedimos que nos "atiendan" sino que resuelvan con voluntad política los problemas estructurales que padecemos.

No queremos más hermanos muertos por desnutrición, tuberculosis, ni chagas.

Exigimos la devolución de nuestro territorio.



2da Cumbre de los Pueblos y Naciones Indígenas

Declaración de la 2º Cumbre de los
Pueblos y Naciones Indígenas

Territorio de Agua de Castilla –
Ayllus Abralaite – Cuenca de Salinas Grandes y Lagunas de Wayatayoc
18, 19 y 20 de Septiembre 2015


Nosotros, las autoridades y organizaciones de pueblos indígenas Kolla, Atakama, Qom, Wichi, Nivacle, Pilaga, Diaguita, Huarpe, Mapuche, Comechingon, Guarani, Calchaqui, Omahuaca, provenientes de los distintos puntos del país, y con la importante presencia de hermanos de Pueblos Originarios de Bolivia. Desde esta Cumbre de Pueblos y Naciones Indígenas, enviamos un saludo fraternal a todas las hermanas y hermanos indígenas del país y de toda América. Asimismo enviamos un fraternal saludo a todo el pueblo argentino que también sufre las consecuencias de este modelo económico extractivista.

Ante la grave situación que sufren nuestros pueblos consecuencia de las políticas impulsadas por los diferentes gobiernos del estado argentino e implementado en nuestros territorios. Reunidos en cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Wayatayoc en territorio de 33 comunidades en resistencia a la explotación del litio.

Celebramos haber llegado a esta segunda cumbre convocados por la necesidad de un debate político indígena que nos permita afrontar conjuntamente la situación en la que nos encontramos. Ante la necesidad de un movimiento indígena que nos reúna y bajo el llamado de la unidad para la libre determinación de nuestros Pueblos.

El Estado argentino, a través de sus diferentes gobiernos, ha sostenido desde su constitución un modelo extractivista basado en el saqueo y profundización de la desigualdad y el empobrecimiento, la violación de los derechos humanos, la incapacidad del sistema judicial, la explotación de los llamados “recursos naturales” (biodiversidad para los pueblos indígenas) y, por consecuencia, el destrozo del medio ambiente, la salud humana y el patrimonio cultural material e inmaterial. Todo esto atenta contra el equilibrio y la vida armónica de la Madre Tierra y todos los seres que habitamos en este planeta.

Venimos desde nuestros territorios ancestrales para manifestar que siempre estuvimos vivos como pueblos y culturas indígenas, para dejar a las futuras generaciones una vida en base a nuestros principios y valores.

Desde nuestra participación en la primera cumbre, en la cual manifestamos todas las problemáticas de nuestros pueblos a lo largo y lo ancho del territorio ancestral, el gobierno nacional se ha negado sistemáticamente a recibir nuestros reclamos y vemos con preocupación la profundización de todos los conflictos.

Por eso manifestamos que:

1) Nos comprometemos a seguir con nuestras luchas, defendiendo nuestros valores y derechos ancestrales, defendiéndonos de cualquier violación a nuestros pueblos y derechos, y protegiendo nuestras tierras y territorios.

2) Reiteramos nuestro pedido al dialogo que durante décadas hemos tratado de establecer con los diferentes Gobiernos Argentinos, para que se respeten nuestros derechos, reconocidos en el Derecho Internacional y consagrado en la Constitución Nacional, Constituciones Provinciales y diversas leyes nacionales y provinciales; repudiamos que esta solicitud de diálogo no haya sido nunca correspondida, mientras que se llevan a cabo grandes violaciones de dichos derechos.

3) Repudiamos y responsabilizamos a los gobiernos nacional y provincial por las muertes de los hermanos y hermanas en los últimos años que han sido asesinados por las balas de la policía, los mercenarios y los terratenientes que asaltan nuestros territorios; y por la desidia y abandono del estado en sus responsabilidades, como en el reciente caso de Oscar Sanchez, el niño Qom del Chaco.

4) Más de mil hermanas y hermanos están siendo judicializados por defender sus territorios y la Naturaleza. Hay represión, intimidación y un plan sistemático de judicializar nuestra resistencia y la protesta de nuestros luchadores que defienden la vida, nuestros territorios y la Madre Tierra. Repudiamos a los gobiernos que han avanzado con la judicialización hacia los hermanos de los pueblos naciones preexistentes y exigimos su nulidad. Los gobiernos han agudizado la criminalización en vez de resolver los conflictos a través de los marcos jurídicos que ellos mismos legislaron. Por lo tanto entendemos que estas causas deben ser resulta en fuero federal.

5) Denunciamos el incumplimiento que el gobierno argentino continúa haciendo, violando con total impunidad las leyes nacionales y los acuerdos internacionales ratificados sobre los derechos indígenas, así como el derecho ambiental internacional y el derecho a tener una vida sana y saludable. Se trata de que el gobierno argentino respete:

- La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas;
- El Convenio 169 de la OIT;
- El Foro Permanente sobre Asuntos Indígenas y sus decisiones y recomendaciones;
- La Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas
- El Grupo Asesor de la ONU de Expertos Indígenas y sus recomendaciones;
- El Convenio sobre la Diversidad Biológica (especialmente los artículos 8j, 10c y artículos conexos) y otros convenios ambientales internacionales;
- El Convenio sobre el Cambio Climático.
- El Convenio RAMSAR sobre humedales
- Instrumentos Jurídicos y Jurisprudencia del Sistema Inter-Americano de la OEA;
- La Convención Americana de Derechos Humanos (art. 75, inc.22)
- La Constitución Argentina y las constituciones provinciales;.
- Ley de Bosques
- Ley de Glaciares
- Ley General del Ambiente
- Toda ley argentina nacional y provincial y ordenanzas municipales respecto de los pueblos indígenas y la conservación ambiental

6) Denunciamos la táctica de los gobiernos de sectorizar la discusión de la problemática indígena a grupos afines al mismo gobierno, haciendo uso de la violencia económica y aprovechándose de las necesidades de los hermanos. Repudiamos ese tipo de dirigencia clientelar y exigimos la minuciosidad en las discusiones para abarcar a todas las comunidades de los pueblos y naciones preexistentes que habitamos en el territorio. Invalidamos los documentos firmados por “lideres” sin contar con el aval de sus pueblos. Asimismo denunciamos que el INAI (instituto nacional de asuntos indígenas) no es representativo de la realidad de los pueblos y naciones originarias. Y denunciamos el uso arbitrario y tendencioso de la inscripción de personerías jurídicas a las comunidades. Entendemos como violatorio de la constitución nacional todas las trabas burocráticas para la inscripción de las personerías, generando divisiones internas entre las comunidades, utilizándolo como herramienta para dividir y debilitar a las comunidades. Entendemos también que la obligación del reconocimiento de los pueblos naciones preexistentes es responsabilidad del estado, no puede ser que el reconocimiento del estado caiga sobre la espalda de las comunidades y en eternos trámites burocráticos.

7) Denunciamos el intento de avalar el anteproyecto de ley de propiedad comunitaria que ha avanzado sin el debido proceso de consulta y participación de los pueblos originarios. Sostenemos que la opinión de los CPI (consejo de participación indígena) no es el proceso adecuado para establecer la consulta.

8) Reafirmamos que la forma de solucionar los problemas es a través del diálogo para todo proceso de construcción política, proyecto de ley o actividad nacional y el respeto por los principios democráticos básicos reconocidos a nivel internacional o sea:

a) La consulta con los pueblos indígenas para cualquier proyecto del llamado “desarrollo” respetando nuestras estructuras, autoridades y tiempos;
b) La participación plena y efectiva, respetando el proceso de llegar al consenso;
c) El libre consentimiento libre, informado, previo, con el derecho de decir “no” en caso de no estar de acuerdo.

9) Hemos escuchamos dramáticos testimonios de hermanas y hermanos sobre la situación de injusticia que se vive en los territorios. Deliberamos para unificar criterios, buscar soluciones y proponer acciones sobre los temas que deben ser considerados con urgencia, como ser:
a) La violación de los derechos humanos,
b) el despojo de nuestros territorios,
c) la exploración y explotación convencional y no convencional (Fraking) del petróleo, como por ejemplo la explotación petrolera en el Parque Nacional Calilegua, Jujuy,
d) la mega minería, como por ejemplo el caso de mina el Aguilar en Ayllus Abralaite, y el caso del intento de exploración de litio en Salinas Grandes,
e) los desmontes,
f) la falta de políticas efectivas de protección de humedales, glaciares y peri glaciares, bosques, vías acuíferas naturales y los salares,
g) el avance sojero, Monsanto y la ley de semillas,
h) las represas hidroeléctricas, la consecuente contaminación del agua,
i) la comercialización a través del turismo de nuestros territorios ancestrales, la comercialización de nuestro patrimonio y otros temas críticos.

9) Los pueblos originarios estamos particularmente preocupados por la problemática del agua, sostenemos que el agua vale más que el oro, que el litio y que cualquier proyecto económico extractivo. Ya que entendemos culturalmente que sin el agua no puede existir la vida. Defendemos la vida sobre todo y por eso defendemos el derecho al acceso al agua para todos y condenamos cualquier política que busque privatizar su acceso universal.

10) Llamamos al pueblo argentino a reflexionar sobre qué futuro queremos para nosotros y las futuras generaciones. Desde el espíritu de nuestros ancestros queremos construir una sociedad más justa, equitativa y que respete la diversidad cultural y en armonía con la naturaleza.

11) Resaltamos el rol de la mujer como protagonista en la construcción política de nuestros pueblos, además de ser transmisoras del conocimiento ancestral y guardianas de la diversidad. Defendemos la dualidad de género y generacional como la base de nuestra cosmovisión.

12) Propusimos desde esta cumbre la creación de una red de comunicación indígena propia, que nos permita impulsar y fortaleces nuestras luchas desde la cosmovisión de nuestra identidad. Entendemos la importancia de poseer nuestros propios medios de comunicación, ya que los medios hegemónicos, opositores y oficialistas, son un poder más a la hora de negar, mentir, silenciar, y tergiversar la información de nuestras luchas.

13) Exigimos al Estado garantizar el derecho a la educación autónoma e intercultural. Respetando la cosmovisión de los diferentes pueblos y naciones originarias. Criticamos la imposición de la educación monocultural en la educación pública. Exigimos la reforma del sistema educativo a través de un proceso de participación y consulta con los pueblos.

14) Exigimos al gobierno el reconocimiento y participación como naciones preexistentes de todos los pueblos y naciones indígenas del territorio en las políticas publicas con todos nuestros derechos.

La Cumbre se posiciona y acompaña los siguientes casos:

El protocolo de consulta y consentimiento, libre, previo e informado realizado por las comunidades de la cuenca de Salinas Grandes y laguna de Wayatayoc perteneciente al pueblo nación Kolla y Atakama (Salta y Jujuy).

El derecho al acceso de la ley provincial de expropiación 6920 y el otorgamiento inmediato de las personerías jurídicas de las comunidades Peletay y Pablo Carmona del pueblo nación Huarpe (Mendoza).

El desprocesamiento de todos los hermanos y hermanas indígenas procesados:

- De la Comunidad Winkul Newen de la provincia de Neuquén en donde estan procesados Relmu Ñamku, Martin Maliqueo, y Mauricio Rain acusados de tentativa de homicidio y daños por defender su territorio de las petroleras.

- Del Qarashe Felix Diaz del pueblo nación Qom la comunidad Potae Napocna Navagoh.

- Imputados de Rumi Cruz por oponerse al paso del rally Dakar del hermano Delfin Kipildor y Enrrique Gonzales entre otros, Jujuy.

- Imputados a las hermanas y hermanos de la comunidad Cueva del Inca, Tilkara, Jujuy

Repudiamos la represión del Pueblo Nación Guaraní de Takova Mora de Bolivia, por la defensa del territorio ante el avance petrolero.

Repudiamos el encarcelamiento de los hermanos mapuce en Chile, bajos cargos improbables, sostenidos por la ley anti terrorista.

Impulsamos desde esta Cumbre un gran Movimiento de Unidad de los Pueblos Originarios que nos permita afrontar esta realidad que estamos viviendo. Desde los cuatro puntos cardinales y comprometidos para volver a ser pueblos naciones libres, autónomos y en nuestros propios territorios ejerciendo el derecho a la libre determinación.

Ya K´athila - Jallalla - Marici Wew – Na´añaxaq
Takeyiwe - Kausachum - K´rahañaga´k

viernes, 12 de junio de 2015

La provincia envió a juicio oral a nuestro qarashe Félix Diaz por "usurpar" nuestro territorio

10/04/2015

Comunidad Qom Potae Napocna Navogoh “La Primavera” - CELS

El Juzgado Criminal y Correccional N° 2 de Clorinda, provincia de Formosa, a cargo del juez Santos Gabriel Garzón, elevó a juicio la causa en la que está imputado por el delito de usurpación Félix Díaz, referente de la Comunidad Potae Napocna Navogoh -La Primavera. Hoy, ​solicitamos la nulidad de la elevación ​a juicio porque, como señalamos en el escrito, esta medida "no es más que la concreción de un proceso penal únicamente dirigido a criminalizar a Félix Díaz. Una acusación sostenida en el tiempo con tales grados de imprecisión, falta de claridad y sustento sólo puede ser explicada desde el evidente afán punitivo puesto en marcha ​​en contra ​nuestro defendido".​

La causa N° 672/2011 se basa en la denuncia del criollo Cecilio Celías y en testigos que son sus allegados. Celías afirmó que “un grupo de aborígenes de la Colonia La Primavera habían ingresado sin autorización alguna al interior del campo que poseen, a edificar viviendas” y acompañó su denuncia con documentos. La legitimidad de los títulos de propiedad que Celías presentó ante la justicia formoseña forma parte de la discusión de fondo sobre de quiénes son las tierras que se acusa a Díaz haber ocupado. Esta cuestión está pendiente de resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Consideramos necesario aguardar esta resolución de la Corte sobre la titularidad del territorio antes de avanzar en una persecución penal por el delito de usurpación. 

En septiembre de 2014, cuando se confirmó su procesamiento, el CELS presentó un recurso de casación que fue rechazado. Ante esto, interpuso un recurso de queja que también fue rechazado. Al mismo tiempo, se presentaron dos escritos pidiendo medidas de prueba que corrieron con la misma suerte. Ni la fiscal Gloria Elena Rejala ni el juez Garzón tuvieron en cuenta otra evidencia: las inspecciones judiciales al territorio revelaron que el Estado provincial construyó viviendas para los aborígenes en esas tierras, es decir que para la administración pública formoseña esos terrenos les corresponden. La negación de medidas que podrían contribuir a esclarecer la causa vulnera los derechos de Félix Díaz y de la comunidad. 

El CELS patrocina a la Comunidad Potae Napocna Navogoh -La Primavera en esta causa penal y en otras dos relacionadas con la represión policial del 23 de noviembre de 2010. También la representa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

En julio de 2010 la comunidad La Primavera inició una serie de protestas ante la construcción de un instituto universitario en su territorio. En agosto de 2010, el CELS informó a distintas dependencias del Estado nacional la alarmante vulneración de los derechos de la comunidad y pidió su intervención para revertirla. El 23 de noviembre de 2010, hubo una grave represión por parte de las fuerzas de seguridad de la provincia que ocasionó la muerte de un integrante de la comunidad, Roberto López y más de 20 heridos. En ese contexto se produjo la muerte del policía Eber Falcón, que aún está siendo investigada. En ese momento, el CELS envió una nota a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la que cuestionó la pasividad frente a la situación, omisión que no respetaba “los compromisos internacionales en materia de derechos humanos”. Meses antes, en marzo de 2010, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) le había solicitado al Estado argentino la adopción de las medidas necesarias para evitar que las comunidades indígenas sean desalojadas, reprimidas o amenazadas. 

A partir del contacto con los referentes de la comunidad, el CELS y la Defensoría General de la Nación pedimos medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “CIDH”). En la presentación destacamos que “lo sucedido desde agosto del corriente año y más específicamente entre el 23 y 24 de noviembre de 2010, demuestra la amenaza actual e inminente al derecho a la vida, integridad personal, posesión y propiedad comunitaria de las tierras tradicionales y a la protección judicial de estas personas”. El 21 de abril de 2011 la CIDH otorgó medidas cautelares que ordenaron al Estado que: “1. Adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física de los miembros de la comunidad indígena Qom Navogoh, “La Primavera”, contra posibles amenazas, agresiones u hostigamientos por miembros de la Policía, de la Fuerza Pública, u otros Agentes Estatales. Así como también, se proporcionen las medidas necesarias para el retorno de Félix Díaz y su familia, en condiciones de seguridad a la comunidad. 2. Concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; 3. Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares”. Desde el otorgamiento de las medidas cautelares,  el CELS ha dado seguimiento constante al cumplimiento de lo ordenado por la CIDH.
Ya el CELS había denunciado al Estado argentino ante la CIDH en 2005 por un hecho de represión policial contra otra comunidad toba de Formosa. El 16 y 17 de agosto de 2002 más de cien agentes policiales ingresaron violentamente a la comunidad de Nam Qom, destrozaron las viviendas y realizaron detenciones masivas e indiscriminadas que incluyeron a mujeres y niños, quienes luego fueron torturados.
En el marco de una reunión de trabajo por las medidas cautelares ante la CIDH, se acordó tratar en el seno del Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Provincial la evaluación de riesgos hacia la comunidad, así como el replanteo de los roles de la Policía Provincial y la Gendarmería Nacional sobre hechos que sucedan dentro de la comunidad de La Primavera. Tras diversas discusiones entre las partes, se suscribió el 10 de abril de 2013 el “Protocolo de Intervención de las Fuerzas de Seguridad y Policiales concurrentes en jurisdicción de la comunidad indígena Qom Navogoh “La Primavera”” (en adelante “Protocolo de Intervención”). Este protocolo fue considerado una medida positiva para aminorar las situaciones de tensión y constante hostigamiento a miembros de la comunidad. Sin embargo, tras su adopción, el Estado no ha garantizado el cumplimiento de sus disposiciones ni de las medidas cautelares en general.
Incluimos a continuación la solicitud original de Medidas Cautelares y algunas de las más recientes y relevantes presentaciones ante la CIDH para impulsar su efectivo cumplimiento.

Presentaciones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
El 30 de noviembre de 2010, el CELS, Félix Díaz y la Defensoría General de la Nación solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la adopción de medidas cautelares a favor de los integrantes de la comunidad. Las medidas “están orientadas a que los miembros de La Primavera puedan acceder y permanecer en su territorio, sin temor de ser hostigados ni perseguidos por agentes estatales o particulares con la anuencia de las autoridades”. 

Objetivo: esta presentación se realizó para dar cuenta de  la falta de diálogo y contacto con representantes de organismos estatales nacionales y provinciales responsables del seguimiento a las medidas cautelares. A lo largo del 2014 no se cumplió con lo acordado en el Protocolo de Intervención en cuanto a la obligatoriedad de celebrar reuniones tanto en el marco del Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior, como en el territorio comunitario, entre los Enlaces y los miembros de la comunidad, que deberían realizarse una vez por mes.
Se solicitó: colaboración de la Comisión Interamericana para que inste al gobierno provincial a que convoque una reunión de seguimiento a las medidas cautelares y, además, que entregue la información producida en el marco de los sumarios administrativos de los policías actuantes en la represión.

Objetivo: remitir informaciónrespecto a la falta de cumplimiento y de protección a la comunidad., Manifestamos especial preocupación por incidentes de incendio de hogares de miembros de la comunidad y su subsecuente falta de investigación. Resaltamos la falta de atención médica y psicológica a las víctimas de la violenta represión de noviembre de 2010 así como la falta de debida diligencia en la investigación de estos hechos. Finalmente, remarcamos la falta de cumplimiento delProtocolo de Intervención.
Se solicitó: que se mantengan las medidas cautelares. Se le pida al Estado argentino el cumplimiento integral y efectivo de las medidas cautelares; que convoque a una reunión con los peticionarios a los fines de reanudar el diálogo y que se proteja el derecho a la salud de los integrantes de la comunidad indígena. 

Objetivo: poner en su conocimiento de la CIDH las nuevas muertes ocurridas  en la Comunidad como consecuencia de los problemas de seguridad y falta de atención médica. 
Se solicitó:la intervención activa de la CIDH para lograr que el Estado tome todas las medidas necesarias para investigar las  situaciones denunciadas, así como para retomar el diálogo con el Estado Nacional y provincial.

Objetivo: informar que “en el último tiempo han tenido lugar graves sucesos, incluyendo la muerte de miembros de la comunidad” y que a pesar de “la adopción del Protocolo de Intervención de las Fuerzas de Seguridad y Policiales … el mecanismo ha resultado absolutamente ineficiente para atender la delicada situación”. Al momento de esta solicitud hace más de un año que no existia diálogo alguno con el Estado provincial.
Se solicitó: que la CIDH se involucre activamente en el proceso y convoque a una reunión de trabajo.
La reunión de trabajo fue otorgada, sin embargo, una semana antes de llevarse a cabo fuimos notificados de su cancelación a pedido del Estado argentino. 

Objetivo: informar que “el Estado no ha logrado brindar una respuesta capaz de eliminar, o al menos generar reaseguros sostenibles, respecto de la inseguridad, amenazas y hostigamientos que padece la comunidad, así como tampoco ha logrado sostener un canal institucional con miras a modificar integralmente esta grave situacion”. Además se enfatiza el incumplimiento del “Protocolo de Intervención de las Fuerzas de Seguridad y Policiales concurrentes en jurisdicción de la Comunidad Qom Navogoh - La Primavera” 
Se solicitó: entre otras cuestiones se pidió información periódica sobre las medidas de seguridad que adoptó el estado, el cumplimiento de las medidas cautelares y el protocolo de intervención de las Fuerzas de Seguridad. 

Objetivo: señalar que el Estado ha incumplido el Protocolo de Intervención y la falta de toda diligencia a la hora de investigar los hechos de hostigamiento denunciados por la comunidad. 
Se solicitó: que la CIDH convoque a la brevedad a una reunión  con el Estado nacional y provincial para garantizar el cumplimiento integral y efectivo de las medidas cautelares.

Al mismo tiempo, en la actualidad el CELS defiende a Félix Díaz y a otros miembros de la Comunidad La Primavera en tres causas penales en Formosa. Dos de ellas remiten a los hechos ocurridos por la mañana y por la tarde del 23 de noviembre de 2010, la tercera es una causa judicial por “usurpación”. El CELS, además, impulsa la causa sobre la cuestión de fondo, el reclamo de las tierras, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en calidad de amicus curiae. 

Causa penal n° 1157/2010
Hechos. Se investigan los hechos ocurridos el 23 de noviembre de 2010 por la tarde, cuando miembros de la Comunidad La Primavera que cortaban la Ruta Nacional Nº 86 fueron reprimidos por la policía provincial durante el desalojo. Resultaron heridos de gravedad varios miembros de la comunidad, incluidas mujeres, niños y ancianos. Uno de ellos, Roberto López, murió por un disparo policial. 
Tramita ante el Juzgado Criminal y Correccional n° 2 de Clorinda, a cargo de Santos Gustavo Garzón. La fiscal interviniente es Gloria Elena Rejala.
Imputación: Atentado a la autoridad a mano armada, lesiones graves y leves e instigación a cometer delitos.
Situación de Félix Díaz: le revocaron el sobreseimiento por los delitos de instigación a cometer delitos, atentado a la autoridad a mano armada y lesiones graves y leves. El juez de cámara resolvió que se recalifique la imputación de “instigación a cometer delitos” por instigación de los delitos de lesiones graves y leves, atentado a la autoridad y homicidio del policía Eber Falcón. Para esa decisión el juez se basó en los testimonios de policías que dicen que “en todo momento Félix estaba con su celular”. En ese momento Félix Díaz se estaba comunicando con amigos e instituciones para informar y pedir ayuda. Todos los indígenas que declararon dijeron que las decisiones en la comunidad se toman en asamblea, dato avalado por la pericia antropológica incorporada a la causa.
Situación de los policías Coronel y Paredes: estuvieron sospechados de haber asesinado a Roberto López. Primero se les dictó la falta de mérito y luego se los sobreseyó. Si bien Paredes admitió haberle disparado a Roberto López en dos oportunidades, el Juez consideró que actuó en ejercicio de legítima defensa.
El fiscal no apeló estos sobreseimientos, cosa que sí hizo respecto de los sobreseimientos dictados a favor de los indígenas.
El CELS que patrocina a la Comunidad a través de Erma Peteñik, viuda de Roberto López. Peteñik pidió ser querellante en la causa y se apelaron los sobreseimientos. Se le negó a la viuda de López su incorporación a la causa. El 11 de junio de 2013 el Tribunal Superior de Justicia de Formosa confirmó el rechazo y Erma Peteñik no es querellante.
Frente a esto se presentó un Recurso Extraordinario Federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que fue rechazado. El 4 de diciembre de 2013 el CELS presentó un recurso de queja que aún está pendiente de resolución. 

El 8 de abril de 2014 el Procurador General ante la CSJN dictaminó a favor del pedido de Erma Peteñi, por entender que el rechazo fue arbitrario. Aún se espera la respuesta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Quema de casas: Se presentó una denuncia por la quema de casas durante la represión del 23 de noviembre de 2010. La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo a investigar. Ante esta situación, el 3 de febrero de 2014, el CELS presentó un recurso de Casación que fue concedido y ampliado. El 12 de mayo de 2015 se realizó una audiencia oral ante el TSJ de Formosa para exponer los argumentos del recurso de Casación. El TSJ no resolvió todavía esta presentación.

En esta causa se pide que se investiguen las conductas del Comisario Muñiz (a cargo del operativo) y del juez que intervino en el operativo, Julio Mauriño.

Causa penal N° 742/2011

Hecho: se investiga lo ocurrido la mañana del 23 de noviembre de 2010. El criollo Luis Pedro Celías denunció el corte de un alambrado perimetral de un territorio cuya propiedad se atribuyó. Un grupo de policías fue al lugar donde se encontraba establecida una parte de la comunidad. En ese contexto, Félix Díaz se acercó a los policías para conocer los motivos de la presencia de los oficiales. En ese momento fue atacado a tiros y amenazado por Celías. Este hecho fue acreditado por el testimonio de miembros de la comunidad. Los policías no impidieron la agresión del criollo y luego comenzaron a agredir a Félix Díaz y a un grupo de personas que lo acompañaban.

Tramita: Juzgado Criminal y Correccional n° 2 de Clorinda, a cargo del juez Santos Gabriel Garzón. La fiscal es Gloria Elena Rejala.

Imputación: Robo de armas de fuego y abuso sexual simple.
La justicia imputó a Félix Díaz y a un grupo de miembros de la comunidad elegidos de forma aleatoria los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones hacia los policías. La mayoría de ellos fueron sobreseídos por estos dos delitos, excepto Félix Díaz, Miguel Quisinaquay, Clemente Sanagachi y Eugenio Fernández. Por otra parte, Félix Díaz y Eugenio Fernández fueron procesados por el delito de robo de arma de fuego. Eugenio Fernández enfrenta, además, una acusación de abuso sexual simple por parte de una oficial de policía.

Nunca se investigó la tentativa de homicidio por parte de Luis Pedro Celías a la cual hicieron referencia Félix Díaz y los demás co-imputados y testigos de los hechos.

Pruebas: La acusación se sostiene en los testimonios de los policías que actuaron, del denunciante y sus acompañantes, los que presentan serias contradicciones.
Últimos movimientos de la causa: en septiembre de 2013 el CELS presentó un escrito donde denunció que se trataba de una causa armada y pidió el sobreseimiento y que se investiguen los delitos cometidos por los policías. Esta causa buscó justificar la represión que se produciría ese mismo día a la tarde, sobre el corte de ruta.
La Cámara de Apelaciones revocó los procesamientos por el delito de atentado a la autoridad a mano armada y recomendó al juez de instrucción que clarifique algunas cuestiones de la causa que afectan el derecho a la defensa de los imputados. 
Luego de las últimas declaraciones testimoniales de los efectivos policiales, hechas en junio y julio de 2014, el juez de instrucción reformuló la imputación y pasó de atentado a la autoridad a mano armada a resistencia a la autoridad y lesiones en concurso ideal. 
Estas indagatorias fueron suspendidas a pedido de la defensa del CELS, para producir nuevas medidas de prueba que resultaban de gran relevancia para garantizar el ejercicio del derecho de defensa de los imputados.
En marzo de 2015 el juez Garzón resolvió sobreseer a Félix Díaz, a Miguel Quisinaquay, Clemente Sanagachi y Eugenio Fernández de los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones leves por haber operado la prescripción.

Causa penal n° 672/2011
Denuncia: Cecilio Celías denunció que “se percató de la presencia de un grupo de aborígenes de la Colonia La Primavera, habían ingresado sin autorización alguna al interior del campo que poseen, a edificar viviendas para vivir y los aborígenes Félix Díaz y Pablo Asijak son los que se encontraban al frente del grupo”.
Tramita: Juzgado Criminal y Correccional n° 2 de Clorinda, a cargo del Juez Santos Gabriel Garzón. La Fiscal que interviene en la causa es Gloria Elena Rejala.
Imputación: Usurpación (de las tierras ocupadas por los Celías y el predio destinado a la Universidad).
Imputados: Al comienzo la causa tuvo varios imputados entre los que se encontraba Félix Díaz y los referentes más cercanos a él. La acusación se sostiene con los testimonios de los allegados del denunciante y documentos cuya legitimidad forma parte de la discusión sobre la titularidad de las tierras, cuya resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación está pendiente. Las inspecciones judiciales en el territorio relevaron que el estado provincial construyó viviendas para los aborígenes en esas tierras. Esto no fue tenido en consideración por parte de la fiscal ni del juez.

Situación de Félix Díaz: En septiembre de 2014 se confirmó el procesamiento de Félix Díaz por el delito de usurpación (art. 181, inc 1°, CP).

Se presentó un recurso de casación contra esta resolución que fue rechazado. Ante esto el CELS interpuso un recurso de queja que también fue rechazado. También se presentaron dos escritos pidiendo medidas de prueba, los cuales fueron rechazados. Estos rechazos de las medidas solicitadas incurren en una grave violación al derecho de defensa. 

Por último, se presentó un escrito donde se explicó la necesidad de resolver la discusión de fondo sobre la titularidad de las tierras que se encuentra ante la CSJN. Esto es por entender que no puede acusarse a alguien de usurpar un territorio respecto del cual todavía no se conoce quién es su titular.
La fiscal requirió la elevación a juicio el 17 de octubre de 2014, acto que interrumpió el plazo de prescripción cuando faltaba una semana para que se produzca. Frente a esto, el CELS reiteró el planteo sobre la titularidad de la causa y se opuso a la elevación a juicio y pidió el sobreseimiento. Esto aún no fue resuelto por el juez interviniente.

Pedido de suspensión de la causa. En paralelo a las presentaciones efectuadas ante el Poder Judicial de Formosa, se presentó un escrito de inhibitoria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante CSJN), en el marco de una causa en la que el CELS es Amicus Curiae. En esta presentación se planteó la necesidad de que esta investigación penal por usurpación se suspenda hasta que el máximo tribunal resuelva la discusión de fondo sobre la titularidad de las tierras. La CSJN –sin embargo– resolvió de manera desfavorable a nuestro pedido. Sostuvo su imposibilidad de tomar intervención en causas penales a cargo del poder judicial provincial, y que no advierte superposición de objetos procesales entre la causa por usurpación y la que discute la titularidad de esos territorios.
El 28 de mayo de 2015 el Juzgado dictó un auto de elevación a juicio de la causa. El 11 de junio, como defensores de Félix Díaz, presentamos un escrito que pide la nulidad de la elevación ya que no está debidamente fundamentada: no describe con la claridad y precisión establecidas por la ley cuál fue el delito que se atribuye a Díaz.

sábado, 30 de mayo de 2015

Urgente: inundación





Necesitamos con urgencia que nos ayuden.

Nuestras casa están inundadas.

Muchas familias  están aún bajo agua y no reciben ayuda alguna.

Necesitamos evacuar la comunidad con urgencia.



 


miércoles, 6 de mayo de 2015

Continuamos trabajando junto al equipo GET-QOM de la Facultad de Agronomía UBA para seguir desarrollando nuestras capacidades








Esta es la denuncia Pública que hemos hecho en enero 2014 y que fue tomada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación

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Queremos denunciar ante la opinión pública que la provincia de Formosa está contaminando la Laguna Blanca y violando la medida cautelar dispuesta por la justicia federal que le prohibe realizar obras en nuestro territorio en conflicto.

La comunidad qom Potae Napocna Navogoh espera que la sociedad en su conjunto logre parar este nuevo atropello de Formosa a los derechos indígenas y ambientales. No podemos dejar que destruyan la Laguna Blanca! lugar de espiritualidad para nosotros los qom y de riqueza de recursos naturales.

Agradecemos puedan difundir esta triste noticia.



La provincia de Formosa está contaminando la Laguna Blanca
 
Una vez más Formosa está violando los derechos indígenas, las disposiciones legales y el medio ambiente.
En el año 2011 Formosa comenzó la construcción de un canal que envía aguas de desechos del pueblo de Laguna Blanca hacia la laguna homónima.
Dicho canal atraviesa parte de nuestro territorio. Precisamente, en esa zona, desde el año 2010, se encuentra vigente una medida cautelar debido a que se intentó construir un Instituto Universitario. De ese modo, el conjuez Pividori indicó que la provincia y la UNAF debían abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de obra. Incluso, la Fiscal del estado provincial Copes se había comprometido ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a respetar la medida cautelar.
La Laguna Blanca no sólo es un lugar de espiritualidad sino que además es un medio de vida de gran importancia para nosotros los qom. Ella forma parte de nuestro territorio tradicional además de estar incluida en las mensuras que nos fueron reconocidas por el decreto nacional nº 80.513 de 1940 como por el título comunitario que nos entregó la provincia en 1985.
Asimismo, por su funcionalidad como humedal de suma importancia para la conservación, se le ha asignado la categoría de status internacional designándolo como sitio RAMSAR protegido por el Parque Nacional Río Pilcomayo.
Para la construcción de dicho canal la provincia ha producido un desmonte importante, talando gran cantidad de palmeras y destruyendo la vegetación circundante lo que ha generado que disminuya la cobertura vegetal modificando así el escurrimiento natural del terreno que va en dirección al estero Poí y a la laguna.
La canalización impide el filtrado natural que realizan las tierras bajas inundables, cambiando las propiedades del agua que recibe la laguna y haciéndola altamente vulnerable a la contaminación por los productos y efluentes que se incorporan al canal. A su vez, el canal acarrea hacia la laguna residuos de diversos tipos.
Finalmente, queremos denunciar que el Estudio de Impacto Ambiental realizado por una consultora provincial no reviste la más mínima seriedad dado que no se han contemplado medidas de mitigación para minimizar el impacto que esta obra genera sobre recursos naturales de suma importancia para la comunidad qom y la sociedad en su conjunto.
 
¿Por qué no funcionan los mecanismos estatales que deben garantizar los derechos indígenas y ambientales?
 
¿Por qué la Administración de Parques Nacionales no ha evitado la contaminación de la Laguna Blanca que dice proteger?
 
 

En síntesis, Formosa está:
 
- Violando nuestro derecho a la consulta y participación en la gestión de los asuntos que nos competen. Derecho consagrado en la Constitución Nacional y en la normativa indigenista internacional.
- Contaminando la Laguna Blanca, sitio sagrado para el Pueblo qom y de vital importancia en el ecosistema de la región.
- Violando la medida cautelar de no innovar dispuesta por el conjuez Núñez Pividori en el año 2010 que prohíbe a la provincia realizar obras en la zona de conflicto.
- Infringiendo la Ley 22.351 de protección de los Parques Nacionales y los tratados internacionales de protección de humedales de alto valor de conservación como la Convención de Sitios RAMSAR, entre otros.
 

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 Ubicación de la desembocadura del canal
 


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Construcción del canal
 
 

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Canal hacia la Laguna Blanca
 
 
 
¿Será que, una vez más, nadie hará nada al respecto?
 
 
 
 
Comunidad qom Potae Napocna Navogoh

enero 2014
 
  




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Laguna Blanca


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Laguna Blanca
  
Diario Judicial
Edición del día Viernes  10 de Abril de 2015
10.04.15
El reclamo Qom se mueve en la Corte
Foto: Centro de Información Judicial
La Corte Suprema ordenó nuevas medidas en la causa en la que la Comunidad Qom pide a Formosa el cese de la construcción de un drenaje en territorios ancestrales. El Máximo Tribunal intimó a la demandada y a la Administración de Parques Nacionales a que acompañen un informe que adeudan desde 2013.
El Máximo Tribunal de la Nación retormó el trámite del expediente "Comunidad Indígena Toba La Primavera - Navogoh c/ Formosa, Provincia de y otros s/ medida cautelar", y dictó una serie de medidas, en especial, ordenó a la provincia demandada ya la Administración de Parques Nacionales a que presenten un informe que se comprometieron a presentar en 2013.
El dictado de la resolución se dio luego de que Félix Díaz, representante de la Comunidad Indígena Toba La Primavera-Navogoh, denunció que la Provincia de Formosa incumplió con  las medidas cautelares dictadas el 22 de septiembre de 2010 por el Juzgado Federal n° 5 de Formosa , y el 21 de abril de 2011 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,  en el marco de la causa iniciada a raíz de la denuncia de actos violatorios por parte del gobierno provincial.
La accionante acompañó un expediente tramitado ante  la Administración de Parques Nacionales denominado "Proyecto ejecutivo del sistema de drenaje superficial - Localidad Laguna Blanca Informe de Ingeniería", del que surge, según el fallo, que el Estado provincial está realizando una obra de drenaje y desagüe en la localidad de la Laguna Blanca , y que la misma "habría puesto en peligro el equilibrio de su ecosistema y los recursos naturales de la zona". Díaz aclaró que Laguna Blanca integra el territorio ancestral reclamado por la Comunidad, por lo que que "su preservación resulta fundamental para que el objeto de la demanda no se torne ilusorio, y que el lugar donde se lleva adelante la obra es objeto de la medida cautelar decretada en este proceso".
Sumado a ello, dio cuenta de la existencia de una causa en la Cámara Civil y Comercial de Clorinda, Formosa, en la que tramita un pedido de desalojo que lo tiene a él como demandado, y cuyo inmueble objeto de litigio se encuentra en ese mismo territorio, que la comunidad accionante considera ancestral, por lo que, por vía inhibitopria, planteo la incompetencia del Tribunal.
El pronunciamiento, que contó con las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, rechazó al inhibitoria por cuanto estimó que "aun cuando las tierras presuntamente usurpadas integren el reclamo de fondo efectuado en autos, no se configura la superposición de objetos que se pretende hacer valer entre la pretensión aquí esgrimida y los hechos investigados en la causa penal radicada en sede local".
LA Corte detalló que en el caso "se persigue el reconocimiento de la propiedad comunitaria indígena y la delimitación del territorio correspondiente a la demandante, mientras que el delito que se le imputa al señor Félix Díaz se vincula con el despojo 'de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él (artículo 181, inciso 1° Código Penal), es decir, no está en juego en aquél proceso el derecho de dominio sobre las tierras".
En el otro punto sometido a discusión, el Máximo Tribunal advirtió que esa solución no se contradecía con la medida cautelar dictada el 22 de septiembre de 2010  ya que el propio peticionario señaló que la causa penal referida se inició con anterioridad a esa decisión mediante una denuncia presentada por Cecilia Celías el 11 de enero de 2010, con lo cual resulta aplicable la doctrina del Tribunal según la cual no corresponde por aquella vía interferir en procesos judiciales ya existentes; y esa sería la consecuencia de proveer favorablemente la solicitud que se formula".
La Corte no se pronunció sobre la cuestión ambiental invocada, sino que previo a ello, intimó a la Administración de Parques Nacionales para que informe, según las actuaciones en su órbita "respecto del impacto ambiental que las obras de drenaje superficial de la ciudad de Laguna Blanca podrían tener y han tenido en el Río Pilcomayo, Estero Poi, la Laguna Blanca y en la totalidad del área reclamada en autos, especialmente respecto del volumen y calidad del agua recolectada, los vertidos clandestinos y su retención, el escurrimiento del terreno o cualquier otra modificación en el ecosistema cuyo origen pudieran ser las obras en cuestión".
Luego de ello, en el expediente figura que la Provincia de Formosa, por su parte, informó que estaba realizando la construcción de un centro de salud sobre la propiedad comunitaria y que "pese a que la comunidad fue informada y consultada acerca de la referida construcción, y a su aceptación por parte de la mayoría de sus miembros, el señor Félix Díaz junto a un grupo minoritario se opone a la instalación de dicho centro de salud, y se encuentra efectuando cortes de ruta, reclamos y denuncias que obstaculizan el inicio de la obra". lo que fue desmentido por Díaz. La Coerte, al respecto, instó a a las partes a que continúen con la colaboración mutua ,que se deben, a fin de que cada una de ellas cuente con los elementos que les permitan valorar adecuadamente las bondades del emprendimiento que se impugna
Finalmente, "a fin de realizar la valoración consiguiente", El Tribunal estimó correspondiente requerirle al Estado provincial "que agregue copias certificadas de las carpetas técnicas correspondientes al centro de salud que se construirá en el predio cedido por la señora Evangelina Fonda que les fueron entregadas a los miembros de la Comunidad en la reunión llevada a cabo el 26 de febrero del corriente año, como así también de las actuaciones administrativas vinculadas a dicha obra, en particular, de los antecedentes que dieron lugar a la resolución 2/2014 del Instituto de Comunidades Aborígenes, del 23 de octubre de 2014".
La parte resolutiva del pronunciamiento expuso, entonces, intimó  a la Provincia de Formosa y a la Administración de Parques Nacionales para que dentro del plazo de diez días acompañen el peritaje que se comprometieron a realizar el 22 de mayo de 2013  "a los efectos de dirimir el conflicto existente entre el Parque Nacional Río Pilcomayo y la Reserva Natural Formosa ", asimismo, ordenó a la Administración de Parques Nacionales a que en el plazo de 60 días "acompañe el informe referido"  y a la Provincia a que acompañe copias certificadas de la documentación sobre el centro de salud.
 
Continuamos acampando en el centro de la ciudad de Buenos Aires.
 
Seguimos esperando que las autoridades escuchen los reclamos de los cuatro Pueblos Originarios de Formosa.
 
Nuestra dignidad no se negocia.
 

sábado, 28 de febrero de 2015

Hemos decidido levantar la medida de fuerza

Luego de reclamar por más de un mes al gobierno de Formosa que nos informen sobre las gestiones en nuestro territorio y de que se arregle el camino, hemos logrado con mucha presión que nos explicaran y entregaran las carpetas técnicas.

Una vez más rechazamos este mecanismo que promueve el estado provincial a tener que reclamar con medidas de fuerza nuestros derechos consagrados.

Invitamos al diálogo y al respeto de nuestros derechos como pueblo indígena qom.

Ahora estudiaremos las carpetas que nos han entregado. Recordamos nuestro derecho a la consulta previa, libre e informada. No es lo mismo la consulta a que nos informen, bajo presión, sobre decisiones ya tomadas.

La provincia finalmente nos entregó la información que reclamamos

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:: NAINECK PRENSA DIGITAL :: La Verdad es lo que se ve…

La Primavera: les entregaron la carpeta a los manifestantes.

Laureano Sanagachi, representante de La Primavera dialogó con Radio Uno comentando sobre la reunión que tuvieron hoy con el gobierno.
 
“Muchos temas hemos planteado, la no información y la no participación en los trabajos que se están haciendo, no nos dan la documentación por eso pedimos transparencia”, sostuvo Sanagachi.
La comunidad qom pedía “que los trabajos sean transparentes y haya participación de los hermanos indígenas. Solicitamos siempre las documentaciones por eso veníamos siempre reclamando al gobierno de la provincia de Formosa”.
 
En la reunión de hoy estuvieron presentes representantes de “cada área, de salud, IPV y otros organismos, ante la Defensoría del Pueblo solicitamos la documentación para poder justificar los reclamos por eso hoy estaba presente hoy el ministro Ferreira y el ministro González”, comentó Sanagachi.
 
Los originarios ingresaron a casa de Gobierno a las 12 hs y salieron a las 16, hubo “muchas palabras cruzas entre el gobierno y nosotros. Fue una reunión difícil, ya sabíamos lo que pedimos lo cual es la carpeta técnica de lo que se está trabajando en la colonia”, dijo el representante de La Primavera.
Sanagachi manifestó que en la reunión “primero explicaron las áreas correspondientes, Vialidad hizo una explicación con nosotros pero de esa manera no era la forma, nosotros solicitamos las carpetas. Seguimos en pie con el pedido y de última se dieron las carpetas técnicas, ahora tenemos en mano y tenemos que estudiarlas”.
 
Finalmente el originario adelantó que en la comunidad analizaran las carpetas y verán si levantan totalmente el corte o siguen con la medida. “Es un gobierno que no quiere solucionar los problemas, entregaron las carpetas pero con mucha presión, ellos solo querían explicar las carpetas”, concluyó.

jueves, 19 de febrero de 2015

Una vez más reclamamos por nuestros derechos


Seguimos reclamando información sobre las obras y gestiones que se pretenden realizar en nuestro territorio.

Sabemos que tenemos el derecho a que no sólo nos informen sino que nos consulten.

Rechazamos todo tipo de violencia y proponemos, como siempre el diálogo.

Nosotros estamos tomando medidas de fuerza en la ruta 86 hasta que nos den la información solicitada. Y nuestro qarashe reclama lo mismo en la zona del acampe en Buenos Aires.

Lastimosamente no se ha avanzado nada en estos 5 años.